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Implemente ya el Plan de Igualdad en su empresa
#EmpresasIgualdad es un servicio cercano, ágil e innovador proporcionado por iusTime para elaborar el Plan de Igualdad de su empresa a su medida. También ofrecemos protocolos frente al acoso y códigos de conducta para su óptima protección jurídica.
Ahorre tiempo
Reduzca la carga administrativa asociada a la gestión de la diversidad e inclusión, cuenta con el apoyo de un equipo de expertos que le asesorarán y establecerán todos sus procesos a medida.
Cumplimiento normativo
Ofrecemos servicios adicionales para cumplir con la legislación vigente y la normativa europea de igualdad de género, así como para la elaboración de protocolos completos frente y contra el acoso.
Desarrollo estratégico
Mejore sus estadísticas en torno a la igualdad de género, prevención contra el acoso, registros salariales y cree una cultura empresarial moderna y positiva, compatible con sus objetivos de crecimiento empresarial.
¿Cuando es obligatorio implementar el Plan de Igualdad?
Empresas de más de 151 trabajadores
Fecha límite:
7 de marzo de 2020
Faltan:
YA EN VIGOR
Empresas de más de 101 trabajadores
Fecha límite:
7 de marzo de 2021
Faltan:
50 Días - 13 Horas
Empresas de más de 50 trabajadores
Fecha límite:
7 de marzo de 2022
Faltan:
415 Días - 13 Horas
¿Cuáles son los beneficios de incorporar un Plan de Igualdad?
Cumplir con la legislación vigente
Aumentar la productividad
Mejorar el clima laboral y de convivencia
Reducir el absentismo y las rotaciones de plantilla
Conseguir prioridad en la adjudicación de contratos por parte de las Administraciones Públicas y otras subvenciones
Reforzar la RSC y potenciar la imagen pública y la reputación de la empresa
Sus dudas resueltas
En los últimos meses y años, hemos atendido cientos de consultas de nuestros clientes. Hemos recopilado las más habituales para que disponga de información útil para tomar la mejor decisión posible respecto al Plan de Igualdad de su empresa.
¿Quiénes deben participar para llevar a cabo un plan de igualdad?
- Los directivos de la empresa son las principales figuras encargadas de efectuar el plan y además, son los responsables de cumplir con la legalidad vigente.
- Los representantes de la empresa son los que tienen que estar al tanto de los cambios que se den en la empresa, ya que sirven de intermediarios entre dirección y trabajadores.
- Comisión Permanente de Igualdad.
- Existen también en la empresa unos equipos técnicos específicos que pueden verse afectados cuando se producen cambios en la empresa referentes a los planes de igualdad.
- En algunas ocasiones las empresas necesitan de personal cualificado para que les ayuden a implantar y a controlar la ejecución del plan.
- Los trabajadores deben de estar informador de los cambios y pueden ser partícipes del plan de igualdad.
- El Gobierno, sindicatos, las Comunidades Autónomas y patronales. Estos debe de estar pendientes de que se cumplan y se establezcan los planes de igualdad en las empresas donde sea obligatorio.
¿Cuánto tiempo se tarda en llevar a cabo un plan de igualdad?
En función de los trabajadores con los que cuente la empresa el tiempo para disponer de un plan de igualdad varía, por ejemplo una empresa de 50 trabajadores podrá tenerlo disponible en dos meses, una empresa de entre 100 trabajadores y 150 trabajadores podrían necesitar entre 3 o 4 meses y para una empresa de 250 trabajadores de hasta 6 meses.
Para las compañías con más de 150 trabajadores la implantación de un plan de igualdad tiene carácter urgente, ya que el plazo para disponer de él es hasta el 7 de marzo 2020.
Las que cuentan con entre 50 y 150 trabajadores el plazo para disponer del plan de igualdad es hasta el 7 de marzo de 2021 y 2022.
Si en una empresa hay más mujeres que hombres, ¿es necesario establecer un plan de igualdad? ¿Y si pasa el caso contrario?
Cuando hay más presencia masculina que femenina, pasa lo mismo, es muy importante subsanar estas irregularidades, e investigar cuál puede ser la causa dada de la diferencia y establecer un conjunto de medidas encaminadas a subsanar este hecho, por ello es importante contar con un plan de igualdad que regule todas las posibles desigualdades.
¿Por qué se debe llevar a cabo un plan de igualdad?
Que haya igualdad en las empresas también permite que en estás se aumente la rentabilidad, ya que se distribuye el trabajo por igual y los trabajadores y trabajadoras están más contentos porque no hay discriminaciones de ningún tipo.
¿Qué debo tener en cuenta para realizar un plan de igualdad?
- Abrir la negociación y formar la comisión negociadora.
- Realizar un estudio detallado con datos cualitativos y cuantitativos para conocer posibles diferencias de integración entre hombres y mujeres.
- Establecimiento de medidas que permitan el desarrollo del plan de igualdad.
- Seguimiento del cumplimiento de medidas del plan de igualdad.
- Comprobación y análisis de resultados obtenidos, una vez que se implanta el plan.
¿Existen servicios de asesoramiento para planes de igualdad? ¿En qué consisten?
¿Se deben registrar los planes de igualdad?
Dar de alta el plan en este registro es obligatorio. Estos son los pasos a seguir para poder registrar el plan:
- Entra en la web del REGCOM y crea un perfil de usuario a través de certificado digital o con el sistema Clave.
- Sigue la siguiente ruta: sin antecedentes (Nuevo acuerdo) > Empresa > Acuerdos sobre Planes de Igualdad.
¿Se pueden contar con subvenciones si dispones de un plan de igualdad?
- Para pequeñas y medianas empresas de entre 30 y 49 trabajadoras que no están obligadas a implantar el plan.
- Cuenta con un presupuesto de 600.000 euros. Repartidos entre 390.000 euros de financiación en 2019, y 210.000 para 2020.
- El importe máximo del que pueden disfrutar las empresas en ayudas es de 6.000€.
- Sólo se puede acceder a esta financiación una vez por empresa.
- Estas ayudas son incompatibles con el resto de prestaciones ya sean en el ámbito público o privado.
Además de esta ayuda, en la página web del Ministerio de Igualdad, pueden verse otras ayudas y subvenciones con las que pueden contar las empresas.
¿Existe la posibilidad de hacer algo más, aparte de los planes de igualdad?
¿Qué pasa cuando no se cumple un Plan de Igualdad?
En el 13, al Art. 7, Ley Orgánica de Libertad Sindical (LISOS), se añade un nuevo apartado por el que se considera infracción muy grave cualquier incumplimiento del plan de igualdad “no cumplir las obligaciones que en materia de planes de igualdad establece el Estatuto de los Trabajadores o el convenio colectivo que sea de aplicación”.
Además, también se da una modificación del el Art. 8, en el cuál se añade el apartado número 17 por el que “no elaborar o no aplicar el plan de igualdad, o hacerlo incumpliendo manifiestamente los términos previstos, cuando la obligación de realizar dicho plan responda a lo establecido en el apartado 2 del artículo 46 bis de esta Ley”.
Lo que se pretende es que todas las medidas destinadas al cumplimiento de los planes de igualdad se ejecuten y se regulen las responsabilidades que tienen las empresas con respecto a este punto, y sancionar su incumplimiento.
¿Cuáles son los rasgos más característicos con los que debe contar un plan de igualdad?
- Metódicos. Se trata de conseguir una serie de objetivos con los que se apliquen una serie de medidas específicas para la empresa.
- Amoldables. Ya que se desarrollan en función de la situación de cada empresa o administración.
- Provisionales. Estas medidas dejan de estar vigentes cuando se ha conseguido alcanzar el objetivo esperado.
- Resolutivos. Ya que se deben de ir acoplando a las nuevas circunstancias que puedan darse.
- Son comunes ya que afectan a todo el grupo como tal.
- Deben de ser ejecutables, no pueden quedar en una única mención, se han de llevar a cabo.
¿Qué es un Plan de Igualdad y quién está obligado a elaborarlo?
Estarán obligadas a disponer de un plan de igualdad, aquellas empresas que cuenten con más de 50 trabajadores, en las que el convenio así lo disponga o aquellas que así lo hayan acordado con su autoridad laboral.
¿Qué empresas están obligadas a contar con un Plan de Igualdad?
Incumplir con la LOI puede suponer sanciones económicas de hasta 187.515€ además de no poder acceder a la contratación pública tal como establece la Ley de Contratos del Sector Público.
Las empresas que cuenten con una plantilla inferior a 50 personas trabajadoras pueden realizar un diagnóstico y diseño del plan de igualdad.
SOMOS EXPERTOS
Sabemos emplear la legalidad vigente en beneficio de su actividad empresarial y disponemos de la experiencia necesaria para ayudar a cada empresa y trabajador.
Planes de igualdad
Los planes de igualdad en el ámbito empresarial son una serie de medidas, obligatorias según el tamaño de la empresa, destinadas a eliminar la desigualdad o discriminación entre hombres y mujeres y aprobadas tras la realización de un necesario diagnóstico de situación.
Protocolos frente y contra el acoso
Toda empresa debe garantizar que sus trabajadores y trabajadoras puedan desarrollar sus funciones en un ambiente laboral que respete su dignidad y en el que se erradiquen este tipo de conductas que tienen una gran incidencia en la productividad laboral.
Auditorías Retributivas
La auditoría de género es una herramienta que le permitirá conocer, con indicadores específicos basados en datos objetivos, cuál es la situación de su empresa en materia de brecha salarial entre hombres y mujeres, analizando en su caso si la la misma pudiera tener origen en acciones discriminatorias hacia un colectivo de género en concreto.
Registro Retributivo
Los registros deben de contribuir a la consolidación del equilibrio justo del salario entre hombres y mujeres, todo ello con un claro objetivo: el trabajo de igual valor.
Código de conducta
Compendio de reglas internas que si son informadas y formadas, y siempre que cuando tenga trascendencia jurídica vayan unidas al contrato de trabajo, facilita crear una determinada cultura de empresa y poder evitar y sancionar situaciones abusivas.
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